En la CIRCULAR Nro. NAC-DGECCGC23-00000006 emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), se establecen disposiciones para los sujetos pasivos que efectúen provisiones para el pago de desahucio y pensiones jubilares de conformidad con la normativa vigente. A continuación, lo relevante sobre lo que los lineamientos que el SRI emite sobre desahucio y pensiones jubilares:
En los casos en que se deba producir el reverso de las provisiones, incluso por no cumplirse las condiciones para el pago de la jubilación patronal o desahucio, los ingresos generados por tal reversión tendrán que ser considerados como gravados o no sujetos de impuesto a la renta en la misma proporción en que hubieren sido considerados como gastos deducibles o no en el ejercicio en que fueron provisionados.
Para descargar la Circular, dar click en el siguiente link: Circular Nro. NAC-DGECCGC23-00000006 del SRI
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