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Regulación de Beneficiarios Finales y Composición Societaria en Ecuador: Normativas y Criterios Identificativos

Introducción:

La transparencia y claridad en la estructura de las empresas son fundamentales en el entorno empresarial actual. Para asegurar esto, el Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador ha establecido normas específicas en su Resolución NAC-DGERCGC22-46, publicada el 27 de septiembre del 2022. Estas normas regulan la obligación de las empresas de presentar información sobre sus beneficiarios finales y la composición societaria. En este artículo, exploraremos los criterios para identificar a los beneficiarios finales y cómo estas regulaciones afectan a las empresas en Ecuador sus Normativas y Criterios Identificativos

1. Identificación de Beneficiarios Finales: Normativas y Criterios Identificativos

La resolución del SRI establece criterios precisos para identificar a los beneficiarios finales en distintos contextos:

a. Personas Jurídicas: Normativas y Criterios Identificativos

En este caso, se considera beneficiario final a quien posea al menos el 10% del capital o los derechos a voto de la empresa. También se incluye a quienes tengan influencia en la designación de órganos de administración. Además, se considera beneficiario final cuando no se identifica a una persona natural bajo los criterios anteriores.

b. Fideicomisos:

Los beneficiarios finales en fideicomisos son aquellos con roles específicos, como fideicomitente, fiduciario o fideicomisario. También se incluye a cualquier persona que controle efectivamente el patrimonio del fideicomiso.

2. Obligaciones de las Empresas:

Las empresas y estructuras jurídicas están obligadas a cumplir con diversas medidas, incluyendo:

  • Identificar a los beneficiarios finales y actualizar su información de acuerdo con la resolución y la normativa aplicable.
  • Identificar a cada miembro de su cadena de titularidad.
  • Presentar un anexo con la información requerida por el SRI.
  • Contar con documentación que respalde la cadena societaria.

3. Información Requerida para el Registro:

Los beneficiarios finales deben proporcionar información como nombres, apellidos, documentos de identidad, fechas de nacimiento, residencia fiscal y códigos de identificación tributaria. También deben informar sobre cambios en la propiedad o control.

4. Disposiciones Transitorias:

La resolución incluye disposiciones transitorias para facilitar la implementación:

  • El SRI implementará el sistema de Registro de Beneficiarios Finales en 24 meses.
  • Hasta el 31 de diciembre de 2023, el SRI podrá acceder a información de los últimos seis periodos anteriores para gestionar el Registro.
  • Las obligaciones establecidas serán exigibles tres meses después de la finalización del proceso de implementación.
  • La información del Registro estará disponible seis meses después de la finalización del proceso de implementación.

Conclusión:

La Resolución NAC-DGERCGC22-46 del SRI establece normativas claras y precisas para la identificación de beneficiarios finales y la presentación de información sobre la composición societaria de las empresas en Ecuador. Esta regulación busca fomentar la transparencia y prevenir el uso indebido de estructuras societarias. Las empresas deben comprender y cumplir con estas obligaciones para garantizar la legalidad y sostenibilidad de sus operaciones en el mercado ecuatoriano.

En el siguiente enlace encontrará la mencionada Resolución para su descarga. 

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Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo kcardenas@bp-one.com  

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