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SUNAT Actualiza el PDT Planilla Electrónica en Perú – PLAME: Todo lo que Necesitas Saber

Nueva Versión del PDT Planilla Electrónica en Perú – PLAME

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha dado un paso adelante en su búsqueda por mejorar y modernizar sus procesos, al aprobar la versión 4.2 del PDT Planilla Electrónica en Perú – PLAME. Esta nueva versión del Formulario Virtual Nº 0601 trae consigo una serie de cambios significativos que afectarán a los contribuyentes y empleadores.

Fecha de Implementación y Uso Obligatorio

Esta versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME será de uso obligatorio para todos los periodos tributarios que venzan a partir del 1 de febrero de 2023. La implementación de esta nueva versión es un reflejo del compromiso de la SUNAT para mantenerse alineada con las necesidades cambiantes de los contribuyentes y adaptarse a las últimas tendencias y tecnologías.

Rectificación y Omisión de Periodos Tributarios Anteriores

Una característica importante de esta actualización es su aplicación retroactiva. Los sujetos que se encuentren omisos en la presentación de la PLAME de periodos tributarios que se remonten a noviembre de 2011 hasta aquellos vencidos al 31 de enero de 2023, o deseen corregir la información de estos periodos, también deben utilizar esta nueva versión. Esto brinda a los contribuyentes la oportunidad de regularizar y rectificar su historial tributario de manera efectiva.

Disponibilidad de la Nueva Versión

La nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, la 4.2, estará disponible para su uso a partir del 1 de febrero de 2023. A partir de esa fecha, se convertirá en una herramienta de uso obligatorio para todos los contribuyentes que se acojan a los periodos tributarios especificados.

Preparación y Adaptación: PDT Planilla Electrónica en Perú

Esta actualización destaca la importancia de mantenerse informado y preparado para los cambios en los procesos tributarios. Para garantizar una transición fluida y cumplir con todas las normativas, es esencial que los contribuyentes se familiaricen con la nueva versión y ajusten sus procesos internos según sea necesario.

En el siguiente link puede descargar dicha resolución: Resolución De Superintendencia N° 000021-2023/SUNAT

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Nota: El presente boletín es“informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo jsuasnabar@bp-one.com  

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