• Phone: (+593) 9 9648 9282
  • info@bp-one.com
Stay Connected:

El motivo del presente boletín, además de enviarle nuestro cordial saludo, es recordarle las principales obligaciones societarias, tributarias y laborales que deberán cumplirse en Ecuador durante el mes de octubre 2022

Obligaciones societarias: Ecuador obligaciones de octubre 2022  

Reporte de ventas a crédito a la DINARDAP  

Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros, que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito, con o sin intereses, deberán suministrar la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos hasta el 10 de octubre. 

Contratación de auditoría externa  

Como lo mencionamos en nuestros boletines anteriores, las sociedades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se encuentran obligadas a contratar auditoría externa anual hasta noventa (90) días antes de la fecha de cierre del ejercicio económico en los siguientes casos: 

  • Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas que se hubieran establecido en Ecuador, siempre que sus activos excedan los USD 100,000. 
  • Las compañías nacionales anónimas, de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas, cuyos montos de activos excedan los USD 500,000. 
  •  Las compañías obligadas a presentar balances consolidados. 

Obligaciones Tributarias:   

Reducción de la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) 

A partir del 1 de octubre del año 2022 la tarifa del ISD es del 4%. 

Declaraciones y Anexos 

Resumimos las principales declaraciones y anexos: 

  • Declaración de impuesto al valor agregado (IVA). 
  • Declaración de retenciones en la fuente de impuesto a la renta. (Si se encuentra registrado en el Catastro emitido por el Servicio de Rentas Internas). 
  • Anexo transaccional simplificado (ATS). (Esta obligación no aplica a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad). 
  • Declaración del ICE. (Aplica en fabricantes de bienes e importadores de bienes gravados con ICE y prestadores de servicios gravados con ICE). 
  • Anexo del ICE. 

El calendario tributario de octubre es como sigue: 

Noveno dígito del RUC Fecha máxima de declaración 
10 de octubre 
12 de octubre 
14 de octubre 
16 de octubre 
18 de octubre 
20 de octubre 
22 de octubre 
24 de octubre 
26 de octubre 
28 de octubre 

Consideraciones: 

  • Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil. 
  • Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones de impuestos hasta el viernes 7 de octubre considerando que el 9 de octubre es domingo. 

Obligaciones laborales:   

Legalización del pago de la décimo cuarto remuneración región Sierra y Amazonía 

A partir del 16 de agosto, los empleadores deben registrar ante el Ministerio de Trabajo, el pago de la decimocuarta remuneración a favor de los trabajadores bajo relación de dependencia que laboran en las regiones Sierra y Amazonía según el siguiente cronograma: 

Noveno dígito del RUC Fecha de registro 
1-2-3-4-5 Desde el 16 de agosto hasta el 9 de septiembre del 2022 
6-7-8-9-0 Desde el 12 de septiembre hasta el 6 de octubre del 2022 

Consecuentemente, las compañías que su noveno dígito del RUC termine en 6, 7, 8, 9, 0, deberán legalizar el pago en el Sistema de Salarios en Línea hasta el 6 de octubre del 2022.  

Pago de las planillas de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) 

Los empleadores deberán efectuar el pago de las planillas de aportación al seguro social hasta el lunes 17 de octubre considerando que el 15 de octubre es sábado.  Aquellos empleadores que tienen suscrito convenio de débito bancario, el pago se realizará el viernes 14 de octubre. 

¿Necesitas ayuda profesional? Ponte en contacto con nosotros. ¡Contáctanos aquí!

Te dejamos la página oficial del SRI aquí

Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor dirigirse al correo kcardenas@bp-one.com 

Add Your Comments

Your email address will not be published. Required fields are marked *

First Name*
Subject*
Email*
Your Comments