El Servicio de Rentas Internas (SRI), a través de la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000026 del 27 de septiembre de 2023, reforma los porcentajes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecidos en la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000061 del 30 de septiembre de 2020.
Entre varios aspectos, las principales modificaciones son las siguientes:
La Resolución incluye en el listado de agentes de retención del IVA a las entidades y organismos del sector público del Gobierno Central y Descentralizado, sus órganos desconcentrados, sus empresas públicas, universidades y escuelas politécnicas del país.
Los sujetos pasivos que sean exportadores habituales, agentes de retención o contribuyentes especiales retendrán el 100% del IVA en todas sus adquisiciones, incluyendo aquellas realizadas a otros contribuyentes especiales o agentes de retención, salvo en casos excepcionales establecidos en el artículo 3 de la Resolución o cuando se realice el pago a un exportador de recursos naturales no renovables.
En el siguiente link encontrarán la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000026
Consulta la fuente oficial del Gobierno en este link.
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