Le recordamos las principales obligaciones societarias, tributarias y laborales que deberán cumplirse en Ecuador durante el mes de Enero 2023: Ecuador obligaciones de enero 2023
En el mes de enero del 2023, las compañías ecuatorianas que tengan como socios o accionistas a sociedades extranjeras deberán remitir a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), la siguiente información:
Hasta el 15 de enero del 2023, el Oficial de Cumplimiento de las compañías obligadas a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) deberán presentar ante la Junta General de Accionistas o Socios un informe anual de sus actividades y metas cumplidas del ejercicio fiscal 2022 así como el plan de trabajo que será aplicable durante el ejercicio fiscal 2023.
Así también, la Junta General de Accionistas o Socios de las compañías obligadas a reportar a la UAFE deberán conocer y aprobar hasta el 31 de enero del 2023 el informe anual de las actividades ejecutadas por el Oficial de Cumplimiento durante el ejercicio fiscal 2022 así como el plan de trabajo del ejercicio fiscal 2023.
Los empleadores, sean sociedades o personas naturales, en calidad de agentes de retención, deberán presentar en medio magnético a través del portal web de Servicios en Línea del Servicio de Rentas Internas (SRI), la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta (IR) sobre ingresos del trabajo que están bajo relación de dependencia realizadas a sus trabajadores, de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Lo anterior se deberá presentar inclusive si durante el período mencionado, no se haya efectuado ninguna retención de impuesto a la renta.
Durante el mes de enero de 2023, los empleadores, en calidad de agentes de retención, deberán entregar a sus trabajadores el Formulario 107 en el que consten los ingresos totales percibidos por el trabajador, así como el valor del Impuesto a la Renta retenido durante el ejercicio fiscal 2022.. Este comprobante será entregado inclusive en el caso de los trabajadores que hayan percibido ingresos inferiores al valor de la fracción básica gravada con tarifa cero, según la tabla de impuesto a la renta prevista para personas naturales.
Los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia deberán entregar a sus empleadores hasta el 31 de enero del 2023 su proyección de gastos personales sobre los que consideren que incurrirán durante el ejercicio fiscal 2023.
Los sujetos pasivos propietarios de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas que paguen el respectivo impuesto predial urbano dentro de los primeros quince (15) días del mes de enero de 2023, gozarán de un descuento del 10%.
Los sujetos pasivos que ejerzan una actividad comercial, industrial o financiera, deberán pagar el impuesto a la patente anual ante la respectiva Municipalidad hasta el 30 de enero del 2023.
Los proveedores directos de exportadores de bienes deberán comunicar a la Administración Tributaria de forma anual, durante el mes de enero, que mantienen el sistema contable diferenciado, a través de la presentación del formato señalado por el SRI en cualquier oficina de esta Administración a nivel nacional, a fin de poder aplicar el factor de proporcionalidad del 100%.
Las personas naturales y sociedades sujetas al Régimen Simplificado de Emprendedores y Negocios Populares – Emprendedores deberán liquidar, declarar y pagar el IVA en el mes de enero 2023 correspondiente al período julio – diciembre del ejercicio fiscal 2022 en las fechas establecidas por el SRI según su noveno dígito de RUC.
Resumimos las principales declaraciones y anexos del mes de diciembre 2022 que se deben presentar en el mes de enero 2023:
El calendario tributario de este mes es como sigue:
Noveno dígito del RUC | Fecha máxima de declaración |
1 | 10 de enero |
2 | 12 de enero |
3 | 14 de enero |
4 | 16 de enero |
5 | 18 de enero |
6 | 20 de enero |
7 | 22 de enero |
8 | 24 de enero |
9 | 26 de enero |
0 | 28 de enero |
Las personas que sean padres o madres de niños, niñas o adolescentes con discapacidad, que trabajen bajo relación de dependencia, en su calidad de sustitutos deberán entregar a su empleador la siguiente documentación que acredite el grado de discapacidad o la calidad de sustituto:
La documentación antes indicada deberá presentarse ante el empleador hasta el 15 de enero del 2023 con la finalidad de poder acogerse a la exoneración del impuesto a la renta establecida en el literal a) del Art.50 del Reglamento de Aplicación a la Ley de Régimen Tributario Interno (RALRTI).
Las sociedades vinculadas que compartan procesos productivos y/o comerciales dentro de una misma cadena de valor, podrán solicitar ante el Ministerio del Trabajo en el mes de enero 2023 que se las considere como una sola sociedad, para efectos del reparto de utilidades del ejercicio fiscal 2022.
Los trabajadores que deseen acumular los beneficios sociales de la decimotercera o decimocuarta remuneración deberán presentarle a su empleador una solicitud por escrito durante los primeros quince (15) días del mes de enero de 2023. En caso de no hacerlo, los valores correspondientes a estos beneficios se entregarán de forma mensual.
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