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Ecuador: La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta ya tiene Reglamento

El pasado 20 de noviembre de 2023 el expresidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, emitió el Decreto, el cual comprende el Reglamento de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta. Entre las principales disposiciones de este Reglamento se destacan las siguientes:

Plan de igualdad: Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta

De acuerdo con la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, las empresas que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores, deberán elaborar un Plan de Igualdad. Previo a ello, las instituciones públicas, empresas públicas y privadas deberán realizar un diagnóstico interno de su situación. Durante el diagnóstico, se deberán utilizar parámetros cuantitativos y cualitativos para identificar cualquier dificultad, desventaja, diferencia u obstáculo que impida una igualdad entre hombres y mujeres en el espacio de trabajo.

Acoso sexual laboral:

Todo empleador deberá anualmente capacitar a todos sus empleados, en especial a los directivos, gerentes, administradores, ejecutivos y cualquier otra persona que tenga cargo directivo sobre la importancia de la prevención y acción inmediata en los casos de acoso sexual laboral y la tolerancia cero a conductas acosadoras.  Además, deberá adecuar su reglamento interno de trabajo de modo que se incluyan mecanismos de prevención de acoso sexual laboral, de identificación oportuna de casos y el plan de acción a tomar.

Sello violeta:

Es un distintivo de certificación, entregada por el Ministerio del Trabajo, de igualdad de trato y oportunidades en el trabajo. Será entregado como un reconocimiento y marca de excelencia a aquellas empresas que se destaquen en la aplicación de políticas de igualdad en los siguientes temas:

  • Selección de personal y contratación;
  • Remuneración y salarios; 
  • Ascensos y desarrollo profesional;
  • Presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de dirección y en los distintos grupos y categorías profesionales de la empresa;
  • Cumplimiento en el diagnóstico y cumplimiento de planes de igualdad;
  • Capacitación; 
  • Prevención de la discriminación, acoso laboral y sexual en el lugar de trabajo; 
  • Comunicación y lenguaje incluyente;
  • Evidencia de haber implementado procedimientos claros, imparciales y transparentes para la denuncia e investigación de casos de acoso laboral, acoso sexual laboral, discriminación y violencia contra la mujer; y,
  • Ambiente de trabajo inclusivo, con enfoque en la diversidad.

Existen otros puntos importantes dentro del presente Reglamento que busca establecer las normas de aplicación a la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta. Te invitamos a que conozcas sobre el mismo visitando el siguiente enlace: Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta

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Consulta la fuente oficial del Gobierno en este link.

Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correokcardenas@bp-one.com