Debido a problemas técnicos y alta demanda en el sitio web del SRI amplía el plazo para la declaración del Impuesto a la Renta. La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008 brinda alivio a los contribuyentes, evitando multas e intereses.
El SRI ha determinado que los contribuyentes bajo el Régimen General y cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 2 ó 3 tendrán la posibilidad de presentar sus declaraciones de Impuesto a la Renta y otras obligaciones con vencimiento en marzo de 2023 en las siguientes fechas:
Estas fechas extendidas permitirán a los contribuyentes abordar sus obligaciones tributarias de manera más eficiente y organizada.
La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008 refleja el compromiso del SRI en facilitar el cumplimiento tributario. La extensión de plazo aborda desafíos técnicos y mejora la experiencia de los usuarios, demostrando el compromiso de la institución con la conveniencia de los contribuyentes.
Así mismo, los contribuyentes que pertenecen al régimen RIMPE y cuyo noveno dígito del RUC es 1, 2, 5, 8 y 9 tendrán la oportunidad de presentar su declaración de Impuesto a la Renta y demás obligaciones con vencimiento en marzo de 2023, en las siguientes fechas:
En el siguiente link podrá descargar dicha resolución: Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000008
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